¿CÓMO TRAMITAR UNA RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, MATRIMONIO O ACTA DE DEFUNCIÓN?
Muchos de
nosotros alguna vez hemos sufrido algún inconveniente en la consignación de
nuestros datos en una partida de nacimiento, matrimonio o acta de defunción, esto
se puede deber a muchas causas teniendo entre las más frecuentes la omisión,
alteración, interrupción o mal consignación de los datos brindados ante Registro
Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), es ahí donde nos
preguntamos ¿Qué hacer? ¿A dónde ir? ¿Tendrá algún costo la rectificación?.
En la
actualidad existen tres vías por la cual una persona podría tramitar una
rectificación de partida o acta: la vía administrativa, judicial y notarial.
- VÍA ADMINISTRATIVA:
Este
trámite se realiza en las mismas instalaciones del Registro Nacional de
identificación y Estado Civil (RENIEC), el tiempo de duración aproximada es
de 4 meses y los requisitos que debes presentar ante esta entidad son los
siguientes:
ü Copia legible y vigente del DNI del solicitante.
ü Copia certificada de la partida de matrimonio, nacimiento,
defunción u otro a rectificar.
ü
Pago de
arancel Judicial en el Banco de la Nación (S/. 70.00), y pago por publicación en
el Diario Oficial el Peruano (el costo dependerá de qué tipo de partida o acta
se quiera rectificar y de la cantidad de letras)
2.
VÍA JUDICIAL:
Este
proceso se realiza ante los juzgados de paz letrado competente al domicilio de
la persona que desea realizar la rectificación, el tiempo de duración de este
proceso puede ser muy largo y los requisitos que debes presentar ante esta entidad son
los siguientes:
ü Escrito autorizado por un abogado
ü Copia legible y vigente del DNI del solicitante.
ü Copia certificada de la partida de matrimonio, nacimiento,
defunción u otro a rectificar.
ü Documentos que sustenten la petición.
ü Tasa
judicial por ofrecimiento de pruebas (abonar en el Banco de la Nación).
ü Cédulas de
notificación (abonar en el Banco de la Nación).
3. VÍA NOTARIAL:
Esta vía tiene una particularidad muy importante puesto que al
contrario de las vías mencionadas líneas arribas, el proceso suele ser más rápido
y eficaz, este proceso no contencioso se
puede realizar ante cualquier notaria, el tiempo de duración aproximado es de
20 a 30 hábiles y los costos varían de acuerdo a cada notaria, los requisitos que debes presentar son los siguientes:
ü Solicitud autorizado por un abogado y suscrita por el
solicitante.
ü Copia legible y vigente del DNI del solicitante.
ü Copia certificada de la partida de matrimonio, nacimiento,
defunción u otro a rectificar.
ü Documentos que sustenten la solicitud.
Es
importante precisar que no se podrá cambiar el nombre de la persona o sus
apellidos (tampoco se podrá suprimir nombres u apellidos), el sexo u otra
información contenida en la partida que no surja de un error evidente.
Bibliografía:
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